MATERIAS CONCILIABLES POR EL CENTRO DE CONCLIACION SOS LEGAL PERU
Desalojos.
Pago de Deudas.
Indemnizacion.
Problemas Vecinales.
Derechos de Propiedad.
Pago de Alquileres.
Convocatoria a Junta o Asamblea.
Interdictos.
Division y Particion de Bienes
Resolucion o Rescision de Contratos.
Incumplimiento de Contrato.
Rectificacion de Areas.
Reindivicacion.
Retracto.
Otorgamiento de Escritura.
Ofrecimiento de Pago.
Otros derechos de tipo economico que se pueden negociar, transar, renunciar o disponer.19torgamiento de Escritura
MATERIAS QUE PODEMOS CONCILIAR EN DERECHO DE FAMILIA
Alimentos
Tenencia
Régimen de Visitas.
Otros :
Autorizado por Resolucion Directoral N? 159-2008-JUS/DNJ-DCMA, para funcionar como centro de conciliacion segun lo establecido por la Ley de Conciliacion (Ley 26872)
Calle Virrey Toledo 420 San isidro
Telefonos 4214409 - 2221439
SAN ISIDRO
REQUISITOS PARA SOLICITAR CONCILIACION.
* Artículo 12.- Requisitos de la Solicitud de Conciliación del Decreto Legislativo Nº 014-2008-JUS
La solicitud de Conciliación deberá presentarse por escrito y contendrá:
1. Fecha. Si la fecha de recepción no coincide con la fecha de solicitud, se tomará en cuenta la fecha de recepción para el cómputo de los plazos.
2. El nombre, denominación o razón social, documento (s) de identidad, domicilio del solicitante o de los solicitantes. En el caso que la solicitud sea presentada en forma conjunta, quien desee ser invitado en una dirección diferente, deberá señalarlo en la solicitud.
3. El nombre y domicilio del apoderado o representante del solicitante o solicitantes, de ser el caso. En los casos de padres menores de edad que sean representantes de sus hijos en materias de alimentos y régimen de visitas, podrán identificarse con la partida de nacimiento o su Documento Nacional de Identidad.
4. El nombre, denominación o razón social de la persona o de las personas con las que se desea conciliar.
5. El domicilio de la persona o de las personas con las que se desea conciliar.
6. Los hechos que dieron lugar al conflicto, expuestos en forma ordenada y precisa.
7. Deberá indicar, en el caso de alimentos, si existen otras personas con derecho alimentario a fin de preservar los principios de buena fe y legalidad de la conciliación.
8. La pretensión, indicada con orden y claridad, precisando la materia a conciliar.
9. La firma del solicitante; o su huella digital, si es analfabeto.
La solicitud de Conciliación podrá realizarse también verbalmente. Para este efecto, los Centros de Conciliación elaborarán formatos de la solicitud de Conciliación, los que deberán contener todos los requisitos señalados en el párrafo anterior. En este caso, todos los datos serán requeridos directamente por el Centro de Conciliación, bajo su responsabilidad.
En caso, el solicitante deba ser representado por imposibilidad de acudir al Centro de Conciliación deberá consignar este hecho en la solicitud.
¿ QUE ES LA CONCILIACION ?
Es una manera voluntaria de resolver los problemas o divergencias que se pueden presentar entre dos o mas personas, quienes con la ayuda de un tercero imparcial, llamado conciliador, procuran llegar a un acuerdo que satisfaga sus intereses.
¿ QUE PROBLEMAS SE PUEDEN CONCILIAR ?
A traves de la conciliacion se pueden resolver problemas familiares como pension de alimentos, regimen de visitas, violencia familiar (maltratos), asuntos laborales, agrarios, comerciales, deudas, indemnizaciones y en general, todo problema que se pueda negociar o transar.
¿ DONDE SE PUEDE CONCILIAR ?
En un centro de conciliacion o en un juzgado de paz, en este caso en nuestro CENTRO DE CONCLIACION SOS LEGAL PERU, donde un conciliador ayudara a las personas que se encuentran enfrentadas a buscar un acuerdo satisfactorio.
VENTAJAS DE LA CONCILIACION
-Facilita la Satisfaccion de Intereses
-Se puede encontrar una solucion a pedido de las partes:A traves del dialogo, las partes resuelven sus discrepancias, determinando la mejor solucion para la satisfaccion de sus intereses.
-Ahorro
-Se puede ahorrar tiempo, dinero y "mala sangre"
-El Acuerdo Conciliatorio tiene el mismo Valor de una Sentencia Judicial
-El acuerdo a que se llega durante la conciliacion tiene el valor de una sentencia judicial, por lo que si se incumple, el afectado puede pedir a un juez que haga cumplir lo acordado inmediatamente.
-El Acuerdo lo hacen las Personas involucradas en el Problema
-Permite que las personas logren resolver sus discrepancias a traves de su participacion activa.
-Fortalecimiento de la Relacion
-La conciliacion permite que se mejore la comunicacion entre las personals que tienen problemas, de esta forma se puede mejorar la relacion entre ellas
-Confidencialidad
Lo que se diga en la sesion conciliatoria (audiencia) se mantendra en reserva por las personas intervinientes y por el conciliador.
¿ COMO FUNCIONA LA CONCILIACION ?
Las personas que tengan un problema, podran acudir al CENTRO DE CONCILIACION SOS LEGAL debidamente autorizado por el Ministerio de Justicia, donde se designara a un conciliador, quien invitara a las partes a concurrir a una reunion llamada audiencia de conciliacion, en la cual las partes, sus asesores y el conciliador participan activamente en la solucion del problema.
ACUERDO.
De lograrse un acuerdo conciliatorio, las partes firman un Acta de Conciliacion, la misma que es de obligatorio cumplimiento para las personas que la firman. De no cumplirse, los afectados podran acudir a un Juez para exigir su cumplimiento. Si no se logra un acuerdo conciliatorio en la reunion, las partes podran acudir a otras instancias para resolver el conflicto.
La conciliacion extrajudicial es un medio de solucion de conflictos, por el cual un tercero neutral e imparcial denominado Conciliador Extrajudicial asiste a las partes a encontrar su propia solucion mutuamente satisfactoria y con el mismo valor de sentencia inapelable.